PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por el abogado GERALD BUENAVIDA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 39.377, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano DANIEL SALOMON ESTRIN KREIMER, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.954.635, contra la Dra. BETILDE ARAQUE GRANADILLO, Jueza del Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en el asunto principal signado con el Nº AP51-V-2015-012769. SEGUNDO: Se impone a la parte recusante una multa de diez unidades tributarias (10 U.T.), de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que para la fecha equivale a la cantidad de MIL SETECIENTOS SETENTA BOLÍVARES (BS. 1.770,00), monto que se deberá canc.....