Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Guido Mejía, co-apoderado del co-demandado Roger Jacobo Díaz Avendaño, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 15/06/2015, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, SE REVOCA en todas y cada una de sus partes la referida decisión (15/06/2015), que cursa a los folios que van desde el 98 al 101, del presente expediente.
SEGUNDO: Dado que la acción incoada por el actor persigue el cumplimiento de una obligación de pago producto de un Contrato de Obra celebrado.....